¿Quién hace el DeCA: el cargador o el transportista?
Es la duda que más nos llega. La respuesta corta: los dos están obligados a que el DeCA exista, pero la normativa no dice cuál de los dos lo tiene que hacer. Basta con un solo DeCA: lo hace uno y el otro tiene que poder descargarlo.
Quién es quién
Cargador contractual y transportista efectivo
El DeCA habla de dos partes. No siempre coinciden con quien carga la mercancía o con quien paga la factura, así que conviene tenerlo claro.
Quien contrata el transporte
Es quien contrata directamente con el transportista que hace el viaje. Puede ser la empresa que envía la mercancía, pero también una agencia, un transitario, un operador logístico u otro transportista que subcontrata.
La empresa donde se carga no es el cargador solo por cargar: lo es si es quien contrata el transporte.
Quien hace el transporte
Es la empresa o el autónomo con cuya autorización se hace materialmente el viaje: normalmente, el que pone el camión y el conductor.
Si te subcontratan y haces tú el viaje, eres el transportista efectivo, y quien te contrata es tu cargador contractual. Más en el DeCA en el transporte subcontratado.
Lo que dice la normativa
Quién hace el DeCA según la normativa
La norma no elige a uno de los dos para hacerlo. Lo que sí dice es esto:
Los dos están obligados
El cargador contractual y el transportista efectivo tienen que asegurarse de que el DeCA exista.
Si falta, responden los dos
Si no hay DeCA, o no va en el camión, responden los dos. Si no va a bordo, el cargador se libra si puede demostrar que el DeCA se hizo.
Un solo documento para los dos
Cada parte tiene que poder tenerlo, guardándolo o descargándolo, pero es el mismo DeCA: no hace falta hacer dos distintos.
Si lo hace uno, el otro lo descarga
Los dos lo conservan al menos un año. Si lo hizo uno, basta con que el otro pueda descargarlo durante ese año.
De qué datos responde cada uno
Lo haga quien lo haga, cada parte responde de que unos datos concretos estén bien.
El cargador responde de…
- Sus datos: nombre o razón social, NIF y domicilio.
- Los datos del transportista: nombre o razón social y NIF.
- El origen y el destino del envío.
- La naturaleza y el peso de la mercancía.
El transportista responde de…
- La fecha del transporte.
- La matrícula del vehículo, o las dos del conjunto articulado.
- La autorización especial de circulación, cuando haga falta.
En la práctica
Cómo decidir quién hace el DeCA
Lo más práctico es acordarlo antes de cada servicio, o una vez para todos los viajes con el mismo cliente. Estos son los tres casos más habituales.
Caso 1
Lo hace el cargador
Tu cliente hace el DeCA y te lo manda antes de salir. No tienes que hacerlo otra vez. Revisa que la fecha y la matrícula estén bien, porque de eso respondes tú, y guarda tu copia.
Caso 2
Lo hace el transportista
Si tu cliente no lo prepara, lo haces tú y le mandas su copia. Él tiene que poder descargarlo durante al menos un año, y sigue respondiendo de sus datos: los suyos, los tuyos, el origen, el destino, la mercancía y el peso.
Caso 3
Nadie lo ha acordado
Es el caso más arriesgado: cada uno cree que lo hace el otro y el camión sale sin DeCA. Dejadlo claro por escrito, en el contrato o en un simple correo: quién lo hace y cómo le llega la copia al otro y al conductor.
Lo haga quien lo haga, el conductor lo lleva. Antes de empezar el transporte tiene que tener una copia del DeCA con su código QR, en el móvil o en papel. En una inspección puede enseñar el documento o solo el QR.
Ojo con esta confusión
La carta de porte no es el DeCA
Muchos cargadores dan al transportista la carta de porte o el albarán, y se da por hecho que eso ya es el documento de control. Son documentos distintos, y no basta con tener una carta de porte.
- La carta de porte es un documento mercantil entre las empresas: recoge el encargo, la entrega y el precio.
- El DeCA es el documento de control que pide la Administración para demostrar que el transporte cumple.
- Una carta de porte solo vale como DeCA si lleva todos los datos del DeCA y, desde el 5 de octubre de 2026, es un PDF con su código QR y su dirección web propia.
Si tu cliente solo te da la carta de porte o el albarán, comprobad que tenga todos los datos del DeCA y cumpla esos requisitos; si no, acordad quién hace el DeCA. Más detalle en diferencias entre DeCA, carta de porte y CMR.
Casos que nos preguntan a menudo
Contrato a una agencia y ella se lo encarga a otro transportista. ¿Quién es el cargador?
Para ese viaje, el cargador contractual es la agencia, porque es quien contrata directamente con el transportista que lo hace. Tú no figuras como cargador contractual en ese DeCA.
Mi cliente me da el DeCA hecho. ¿Tengo que hacer otro?
No. Basta con un DeCA para los dos. Comprueba antes de salir que la fecha y la matrícula están bien, guarda tu copia y que el conductor lo lleve.
Si lo hago yo como transportista, ¿el cargador ya no responde?
Sigue respondiendo de sus datos: los suyos, los tuyos, el origen, el destino, la mercancía y el peso. Por eso conviene que te los dé bien y que le mandes su copia.
¿Puedo poner varias entregas en un mismo DeCA?
Sí, si el cargador contractual y el transportista efectivo son los mismos en todas, y cada entrega lleva claro su origen, su destino, su mercancía y su peso, y los demás datos que cambien entre ellas, como la fecha o la matrícula.
¿Hay transportes que no necesitan DeCA?
Sí, hay algunas exenciones, y los transportes internacionales van con sus propios documentos. Míralo en exenciones del DeCA y, ante un caso concreto, consulta a tu asesoría.
Lo haga quien lo haga
Haz el DeCA de la forma más fácil
Generador DeCA sirve al cargador y al transportista. Solo te pide lo que exige la normativa, te sale el PDF con su código QR y lo mandas al otro y al conductor por WhatsApp o por correo. Desde el ordenador o el móvil, sin instalar nada.
Un solo plan
9,90 € al mes + IVA
- DeCA ilimitados, sin tramos.
- Sin coste de implantación.
- Cada conductor con acceso propio: +3 € al mes + IVA.
Fuentes
- Orden FOM/2861/2012, artículos 4, 7 y 8: quién está obligado, de qué responde cada parte y los ejemplares del documento.
- Resolución de 5 de junio de 2026, apartados segundo, sexto y séptimo: conservación y descarga, varios envíos en un DeCA y la copia del conductor.
Esta página es informativa y no sustituye al asesoramiento jurídico. Contenido actualizado el 29 de septiembre de 2026.